Se pide gratis en ARCA con clave fiscal; lo obtenés si tus ventas anuales no superan el tope de tu sector.
Tope micro, servicios
$ 374 millones
$ 374.060.000 de ventas anuales promedio, sin IVA
Ejecuciones fiscales
Frenadas
Hasta el 30/6/2027, con certificado vigente al 29/10/2026
Planes de pago
Hasta 18 cuotas
Micro y pequeñas, para deudas al 31/5/2026; adhesión hasta el 30/12/2026
Los topes de ventas de 2026
La categoría depende de la actividad principal y del promedio de ventas de los últimos tres ejercicios, sin IVA ni impuestos internos y descontando el 75 % de las exportaciones. Los montos están en pesos.
| Categoría | Construcción | Servicios | Comercio | Industria y minería | Agropecuario |
|---|---|---|---|---|---|
| Micro | $ 743.730.000 | $ 374.060.000 | $ 1.738.060.000 | $ 1.207.910.000 | $ 909.260.000 |
| Pequeña | $ 4.412.940.000 | $ 2.255.110.000 | $ 12.380.800.000 | $ 9.025.610.000 | $ 3.349.360.000 |
| Mediana tramo 1 | $ 24.621.200.000 | $ 18.664.740.000 | $ 58.848.790.000 | $ 64.238.670.000 | $ 19.711.080.000 |
| Mediana tramo 2 | $ 36.927.730.000 | $ 26.655.990.000 | $ 84.070.280.000 | $ 129.794.070.000 | $ 31.263.100.000 |
Fuente: Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, cuadro de topes actualizado a 2026.
Los comisionistas, consignatarios y agencias de viaje se categorizan por la cantidad de empleados:
| Tramo | Servicios | Comercio |
|---|---|---|
| Micro | 7 | 7 |
| Pequeña | 30 | 35 |
| Mediana tramo 1 | 165 | 125 |
| Mediana tramo 2 | 535 | 345 |
Las empresas de intermediación financiera, seguros o servicios inmobiliarios además no pueden tener activos por más de $ 3.438.000.000.
Qué necesitás
- CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
- Estar inscripto en el monotributo o en el régimen general.
- Estar adherido a Trámites a Distancia (TAD).
- Tener presentadas las declaraciones juradas de IVA, el F.931 si sos empleador o el monotributo de los tres últimos ejercicios cerrados.
No pueden registrarse los socios o directores que no tienen una actividad independiente, las organizaciones sin fines de lucro ni las empresas cuya actividad principal es el servicio doméstico, la administración pública o los juegos de azar.
El trámite, paso a paso
- Entrá a ARCA con tu CUIT y clave fiscal.
- En el Administrador de Relaciones de Clave Fiscal, habilitá el servicio «PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios». Cerrá la sesión y volvé a entrar para que aparezca en el menú.
- Entrá al servicio, tocá «Nuevo» y revisá el formulario F.1272, que viene completo con tus declaraciones juradas. Si un dato está mal, hay que rectificar la declaración de donde sale.
- Si sos responsable inscripto, en el mismo paso podés pedir pagar el IVA a 90 días.
- Presentá el formulario. La respuesta llega al Domicilio Fiscal Electrónico; si sos monotributista, en 24 horas.
Quienes están exentos de IVA, tienen vinculación con otras empresas o son «otras sociedades» u «otras entidades civiles» terminan el trámite a mano, por TAD.
Cuánto dura
El certificado vale desde que se emite hasta el último día del cuarto mes después del cierre del ejercicio. Para la mayoría se renueva solo: durante ese cuarto mes ARCA arma el F.1272 y lo deja 20 días corridos para revisar. Para eso tienen que estar presentadas las declaraciones juradas de IVA, cargas sociales o monotributo de los últimos tres ejercicios.
Los beneficios principales
- Contribuciones patronales con una alícuota del 18 %.
- IVA a 90 días para micro y pequeñas empresas: se presenta igual cada mes, pero el saldo se paga dos meses después.
- Impuesto al cheque: las micro y pequeñas pueden computar el 100 % como pago a cuenta de Ganancias; las industriales medianas tramo 1, el 60 %. Las micro y pequeñas no pagan la tasa doble por extracciones en efectivo.
- Planes de pago de ARCA: hasta 18 cuotas para micro y pequeñas y hasta 15 para medianas, por deudas vencidas al 31 de mayo de 2026. El plan se puede armar hasta el 30 de diciembre de 2026.
- Juicios de ejecución fiscal y embargos suspendidos hasta el 30 de junio de 2027 para las MiPyME con certificado vigente al 29 de octubre de 2026 (Resolución 1899/26 del Ministerio de Economía).
- Retenciones: las micro empresas con certificado vigente están excluidas de las retenciones de IVA y Ganancias en los pagos con tarjeta de crédito.
- Bancos: no pueden cobrarles comisión por depositar efectivo.
Fuentes
- Secretaría PyME, ¿qué es una MiPyME? — topes de ventas 2026, empleados y activos
- Argentina.gob.ar, registrar una PyME — requisitos y paso a paso
- Secretaría PyME, certificado MiPyME — vigencia y renovación
- Secretaría PyME, beneficios — beneficios vigentes
- ARCA, regímenes especiales de facilidades de pago — plazo hasta el 30/12/2026
Verificado en cada fuente el 6 de noviembre de 2026. Si encontrás un error, avisanos: lo corregimos con fecha.